La difusión del CD "VIDA REAL" (2016) ha resultado de interés cultural para la ciudad autónoma de Buenos Aires, por tal motivo está aprobada su inclusión en el régimen de Mecenazgo Cultural y estamos recibiendo el aporte valioso, aunque sin costo de dinero, de los autónomos, empresas y comercios que quieran sumarse y ser parte de este proyecto.
¿Qué quiere decir “Mecenazgo”?
La palabra deriva del nombre de Cayo Cilnio Mecenas, confidente y consejero político del emperador romano César Augusto. Fue también un importante impulsor de las artes, protector de jóvenes talentos de la poesía y amigo de destacados autores como Virgilio, Horacio, Propercio y Ovidio.
Su dedicación artística acabó por hacer de su nombre, Mecenas, un sinónimo de aquel que fomenta y patrocina las actividades artísticas. Desde Mecenas hasta hoy, muchos artistas han contado con personas que aportaban dinero para sostener sus actividades.
Ley de Mecenazgo de la Ciudad de Buenos Aires
La LEY No 2264/06 estipuló la creación del Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado a estimular e incentivar la participación privada en el financiamiento de proyectos culturales.
Esta ley permite a las empresas y comercios que tributan en la Ciudad de Buenos Aires destinar parte de lo que pagan en concepto de Impuesto Sobre los Ingresos Brutos directamente a proyectos culturales declarados de interés por el Consejo de Promoción Cultural y aprobados por el Ministerio de Cultura.
¿Cómo puedo sumarme yo o mi empresa al proyecto?
Todos los contribuyentes de la Ciudad de Buenos Aires inscriptos en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos (IIBB) pueden aportar directamente a proyectos culturales a través del Régimen de Promoción Cultural - Mecenazgo, dependiente de la Subgerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural - Ministerio de Cultura - GCBA.
Para realizar aportes, los contribuyentes deben ingresar con su Clave Ciudad al subportal web de la Dirección General de Rentas, dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) - Ministerio de Hacienda - GCBA, en el marco de Mecenazgo. Allí se les solicitan algunos datos y luego pueden seleccionar directamente el proyecto al cual quieren aportar de la lista de proyectos aprobados, ingresando el monto correspondiente. Con esa información, el sistema genera una boleta con la cual se realiza el pago en cualquier sucursal del Banco Ciudad.
Muy importante: El único modo de obtener el beneficio impositivo en el marco de Régimen de Promoción Cultural (Mecenazgo) es efectuando el pago de la mencionada boleta. No se debe depositar directamente en la cuenta del beneficiario sin utilizar la boleta, dado que se estaría realizando una donación al proyecto por fuera de Mecenazgo y de este modo el contribuyente no podría gozar del descuento impositivo, según corresponda, de lo aportado, ver Cap V - Ley 2264.
La ley establece montos límites para los aportes a proyectos culturales:
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Los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado podrán aportar el 100 % del monto de las cuotas que restan pagar hasta el fin del año calendario en el que se realiza el aporte. Por ejemplo: Si mi cuota mensual del Régimen Simplificado es de $ 90 (categoría IV), y estoy realizando el aporte en el mes de Marzo, puedo aportar hasta $ 810 ya que me restan pagar nueve cuotas. El mínimo siempre es de una cuota, y todos los aportes deben realizarse en múltiplos del valor de la cuota. (En el ejemplo, puedo aportar $ 90, $ 180, $ 270, etc.)
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El resto de los contribuyentes puede aportar hasta el 10 % del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos (IIBB) determinado el año anterior. Por ejemplo: Si mi empresa pagó $ 50.000 en 2008 en concepto de IIBB, en 2009 puedo destinar a proyectos culturales $ 5.000, sin importar en qué momento del año haga el aporte.
Los montos son calculados automáticamente al momento de realizar la donación a través del subportal web de Rentas (AGIP).
Es importante recordar que lo aportado se tomará directamente como pago a cuenta del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos (IIBB) del año en el que se realiza la donación.
OFICINA MECENAZGO
Ministerio de Cultura - Régimen de Promoción Cultural
Av. De Mayo 525 Oficina 501– CABA
http://www.buenosaires.gob.ar/areas/cultura/mecenazgo
